Contraloría - Dictamen N° 905 2019

Requisitos inscription consultores MOP y inhabilidad sobreviniente por registro contratistas

Abstracto

Contraloría confirma inhabilidad sobreviniente de consultor MOP si empresa relacionada está inscrita como contratista, en aplicación del art. 25 H Dto 48/94.

Resumen

  • El Ministerio de Obras Públicas (MOP) cuenta con normativas que rigen la inscripción de consultores y contratistas, destacando el Decreto N° 48 de 1994.
  • El artículo 7º del Decreto N° 48/1994 establece que podrán inscribirse en el registro de consultores del MOP las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con los requisitos del reglamento y declaren conocer y aceptar sus términos.
  • El artículo 14º del Decreto N° 48/1994 dispone que la inscripción de un consultor se mantendrá vigente mientras no se alteren las condiciones que le dieron origen y cumpla con los requisitos reglamentarios.
  • El artículo 25, letra h), del Decreto N° 48/1994 prohíbe a las personas naturales o jurídicas inscritas en el Registro General de Contratistas del MOP optar a la inscripció...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora