Contraloría - Dictamen N° 10337 2019

Determinación de beneficios de pensión no contributiva y bonificación de cotizaciones

Abstracto

Cotizaciones utilizadas en una pensión no contributiva, anteriores al 10 de marzo de 1990, no son computables para otros beneficios como liberación o bonificación, según leyes 10.475, 15.386 y 19.234.

Resumen

  • La solicitud de Alberto Barrios Carvajal se centró en utilizar el tiempo de su pensión no contributiva y cotizaciones previas al 10 de marzo de 1990 para acceder a beneficios de liberación y bonificación, regulados por las leyes N° 10.475 y N° 15.386.
  • El Instituto de Previsión Social informó que todas las cotizaciones anteriores al 10 de marzo de 1990 fueron consumidas en la pensión no contributiva, quedando disponibles solo aquellas posteriores a dicha fecha para calcular otros beneficios.
  • El artículo 14, inciso final, de la ley N° 10.475 estipula que los imponentes que completen cuarenta años de servicios quedarán liberados de la obligación de realizar imposiciones personales al fondo de retiro.
  • El artículo 19, inciso primero, de la ley N° 15.386 establece que los imponentes en a...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora