Contraloría - Dictamen N° 11169 2019
Dictamen sobre facultad de término anticipado de convenio marco de compras públicas
Abstracto
La Contraloría General confirma la facultad de la Dirección de Compras y Contratación Pública para disponer el término anticipado de un convenio marco, basándose en la Ley N° 19.886 y sus bases de licitación, al haberse cumplido las causales establecidas.
Resumen
- La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) se encontraba facultada para disponer el término anticipado del convenio marco de vehículos motorizados, maquinarias y mantenciones (ID 2239-20-LP13).
- La DCCP fundamentó su decisión de término anticipado en las normas de la Ley N° 19.886 y en las bases que rigieron la licitación del convenio marco.
- El artículo 13, letra e), de la Ley N° 19.886, establece que los contratos administrativos pueden terminarse anticipadamente, incluyendo las causales contempladas en las respectivas bases de licitación.
- El artículo 30, letra d), de la Ley N° 19.886, confiere a la DCCP la función de licitar bienes y servicios, incluso a través de la suscripción de convenios marco.
- Según el artículo 18 del Decreto N° 250, de 2004 (Ministerio de Hacien...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora