Contraloría - Dictamen N° 9796 2019

Interpretación del término 'alrededores' según Ley de Monumentos Nacionales 17.288

Abstracto

Este dictamen precisa que la expresión 'alrededores' en la Ley de Monumentos Nacionales 17.288 se interpreta según el polígono de protección declarado o, en su defecto, las circunstancias particulares del predio.

Resumen

  • La Ley N° 17.288, sobre Monumentos Nacionales, establece que estos se encuentran bajo la tuición y protección del Estado, ejercida a través del Consejo de Monumentos Nacionales (CMN).
  • El artículo 1º de la Ley N° 17.288 define los Monumentos Históricos como una categoría de monumento nacional.
  • Según el artículo 9º de la Ley N° 17.288, los Monumentos Históricos pueden ser lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular, declarados como tales por decreto supremo previo acuerdo del CMN.
  • El artículo 11 de la Ley N° 17.288 dispone que todo trabajo de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos requiere autorización previa del CMN.
  • El artículo 12 de la Ley N° 17.288 obliga a los propietarios de inmuebles declarados Monumento His...

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