Contraloría - Dictamen N° 13199 2019

Dictamen sobre pago de viático por comisión de servicio sin alojamiento

Abstracto

Contraloría rechaza reclamo de funcionario de Carabineros sobre pago del 40% de viático, al no haber incurrido en gastos de alojamiento durante comisión de servicio.

Resumen

  • El viático constituye un subsidio destinado a compensar los costos de alojamiento y alimentación en que incurre el empleado público cuando, por necesidades institucionales, se ausenta de su lugar de desempeño habitual, según lo dispuesto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda.
  • El artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977 (Reglamento de Viáticos para el personal de la Administración Pública), establece que si el funcionario no efectúa desembolsos por hospedaje, recibirá el 40% del emolumento, monto que tiene por finalidad cubrir exclusivamente los gastos de alimentación.
  • Un funcionario de Carabineros, el señor Leonardo Tapia Frías, reclamó que por una comisión de servicio efectuada a Cartagena, durante la cual se le ...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora