Contraloría - Dictamen N° 13199 2019
Dictamen sobre pago de viático por comisión de servicio sin alojamiento
Abstracto
Contraloría rechaza reclamo de funcionario de Carabineros sobre pago del 40% de viático, al no haber incurrido en gastos de alojamiento durante comisión de servicio.
Resumen
- El viático constituye un subsidio destinado a compensar los costos de alojamiento y alimentación en que incurre el empleado público cuando, por necesidades institucionales, se ausenta de su lugar de desempeño habitual, según lo dispuesto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977, del Ministerio de Hacienda.
- El artículo 5° del decreto con fuerza de ley N° 262, de 1977 (Reglamento de Viáticos para el personal de la Administración Pública), establece que si el funcionario no efectúa desembolsos por hospedaje, recibirá el 40% del emolumento, monto que tiene por finalidad cubrir exclusivamente los gastos de alimentación.
- Un funcionario de Carabineros, el señor Leonardo Tapia Frías, reclamó que por una comisión de servicio efectuada a Cartagena, durante la cual se le ...
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