Contraloría - Dictamen N° 13551 2019
Cómputo de tiempo para beneficio compensatorio Ley 20.374 en universidades estatales
Abstracto
Dictamen aclara que para el beneficio compensatorio Ley 20.374, solo se computan servicios prestados en la misma universidad donde se verifica la renuncia, excluyendo periodos en otras instituciones.
Resumen
- Solicitud de pronunciamiento de un exfuncionario de la Universidad de Santiago de Chile (USACH) sobre la procedencia de computar el tiempo de servicios prestado a la Universidad de Chile (1974-1976) para el beneficio compensatorio contemplado en el artículo 9° de la Ley N° 20.374.
- El artículo 13 de la Ley N° 21.043 permite a las universidades estatales otorgar el beneficio compensatorio (Ley N° 20.374, art. 9°) por única vez, a personal académico, directivo y profesional no académico, que cumpla 65 años y 180 días de edad a la fecha de publicación de la Ley N° 21.043 (8 de noviembre de 2017) y presente su renuncia voluntaria dentro de los 180 días siguientes.
- Se constató que el exfuncionario solicitante cumplió la edad legal y presentó su dimisión voluntaria dentro de los plazos esti...
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