Contraloría - Dictamen N° 14921 2019

Análisis de reliquidación de pensión y cotizaciones en régimen previsional

Abstracto

La Contraloría determinó que una pensionada no tiene derecho a reliquidar su pensión de retiro por desempeño laboral posterior, pues debió cotizar en el sistema previsional de AFP, debiendo devolverse aportes indebidos.

Resumen

  • Una pensionada de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile solicitó el reconocimiento del derecho a reliquidar su pensión de retiro.
  • La solicitud se basó en las cotizaciones efectuadas por su desempeño laboral en el Hospital de Carabineros, afecto a las normas del Código del Trabajo.
  • La Dirección de Previsión de Carabineros informó que solo actúa como ente pagador del beneficio, siendo determinado y otorgado por la institución respectiva.
  • El Hospital de Carabineros señaló que la recurrente fue contratada en 2010, año en que ya se encontraba incorporada al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980.
  • El artículo 10 de la ley N° 18.458, vigente en 2010, establecía que los pensionados de la Dirección de Previsión al volver a servicio en entidades dependientes del Ministerio d...

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