Contraloría - Dictamen N° 16580 2019
Facultad municipal para reembolsar gastos de traslado y equipaje de concejales
Abstracto
Dictamen de Contraloría establece la procedencia de reembolso municipal por gastos de traslado de concejales en comisión de servicio, y la necesidad de revisión caso a caso para gastos de equipaje adicional.
Resumen
- La Ley N° 18.695, en su artículo 88, inciso séptimo, otorga a los concejales el derecho a percibir fondos para cubrir gastos de alimentación y alojamiento cuando se desempeñan en cometidos en representación de la municipalidad.
- La expresión "cometidos" en el contexto del artículo 88 de la Ley N° 18.695 comprende todo encargo de carácter institucional, incluyendo comisiones de servicio, siempre que impliquen el cumplimiento de una función pública y no un acto voluntario personal.
- Los gastos de traslado de los concejales, originados en el desempeño de cometidos en representación del concejo o del municipio, deben ser asumidos por la entidad edilicia, siempre que existan los recursos presupuestarios suficientes.
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la Repúblic...
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