Contraloría - Dictamen N° 16860 2019
Pago de estipendios a médico becario: licencia, eliminación y reincorporación
Abstracto
La Contraloría determina que un médico becario, eliminado temporalmente de su programa por causas ajenas a su voluntad y luego reincorporado, tiene derecho al pago de estipendios durante su licencia médica en ese periodo.
Resumen
- La Ley N° 15.076, en su artículo 43, faculta a los servicios de salud y universidades estatales a otorgar becas para el perfeccionamiento médico.
- El Decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, aprueba el reglamento de becarios, definiendo la beca como un mecanismo de financiamiento para especialización profesional.
- Según el artículo 2º, inciso segundo, del Decreto N° 507/1990, el incumplimiento de obligaciones por parte de becarios puede fundamentar la terminación de la beca por la autoridad competente.
- El artículo 15 del Decreto N° 507/1990 exige al becario notificar licencias médicas al centro formador y director del establecimiento asistencial.
- Dicho artículo 15 también establece que el centro formador puede fijar plazos de recuperación y prorrogar el período de beca, ma...
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