Contraloría - Dictamen N° 16860 2019

Pago de estipendios a médico becario: licencia, eliminación y reincorporación

Abstracto

La Contraloría determina que un médico becario, eliminado temporalmente de su programa por causas ajenas a su voluntad y luego reincorporado, tiene derecho al pago de estipendios durante su licencia médica en ese periodo.

Resumen

  • La Ley N° 15.076, en su artículo 43, faculta a los servicios de salud y universidades estatales a otorgar becas para el perfeccionamiento médico.
  • El Decreto N° 507, de 1990, del Ministerio de Salud, aprueba el reglamento de becarios, definiendo la beca como un mecanismo de financiamiento para especialización profesional.
  • Según el artículo 2º, inciso segundo, del Decreto N° 507/1990, el incumplimiento de obligaciones por parte de becarios puede fundamentar la terminación de la beca por la autoridad competente.
  • El artículo 15 del Decreto N° 507/1990 exige al becario notificar licencias médicas al centro formador y director del establecimiento asistencial.
  • Dicho artículo 15 también establece que el centro formador puede fijar plazos de recuperación y prorrogar el período de beca, ma...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora