Contraloría - Dictamen N° 18162 2019
Dictamen: Término anticipado contrato honorarios según pacto contractual
Abstracto
La Contraloría General ratifica la facultad de terminar anticipadamente contratos a honorarios si está previsto contractualmente, y aclara que el principio de confianza legítima no aplica a estos vínculos.
Resumen
- La señora Mariana Maldonado Núñez reclamó contra la decisión de poner término anticipado a su contrato a honorarios con la Subsecretaría de Transportes, argumentando que lo obtuvo por concurso público y que la desvinculación la amparaba el principio de confianza legítima.
- La Subsecretaría de Transportes sostuvo que la desvinculación se ajustó a los términos previstos en el contrato a honorarios.
- El artículo 11 de la Ley N° 18.834 prescribe que las personas contratadas a honorarios se rigen por las reglas establecidas en su contrato, y no por las disposiciones generales de dicho cuerpo legal.
- La Contraloría General ha establecido, como en el dictamen N° 20.327, de 2016, que la autoridad superior puede poner término anticipado a los contratos a honorarios si dicha facultad está previ...
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