Contraloría - Dictamen N° 18659 2019

Requisitos y alcance del viático de campamento móvil para funcionarios públicos

Abstracto

El viático de campamento móvil procede si el funcionario pernocta en campamentos habilitados durante comisiones de servicio, pero no si reside en cabañas, casas de huéspedes o viviendas fiscales provistas por el servicio, aun estando en comisión.

Resumen

  • Los cometidos funcionarios implican que un servidor se desplace dentro o fuera de su lugar de desempeño habitual para realizar labores específicas inherentes al cargo, pudiendo originar gastos como pasajes y viáticos, según lo previsto en el artículo 78 de la Ley N° 18.834.
  • Los empleados públicos tienen derecho a percibir asignaciones por viáticos, pasajes y otros análogos cuando corresponda, en casos de comisión de servicios y cometidos funcionarios, de acuerdo al artículo 98, letra e), de la Ley N° 18.834.
  • El viático se define como un subsidio otorgado a trabajadores del sector público por razones de servicio, que deban ausentarse de su lugar de desempeño habitual para solventar gastos de alojamiento y alimentación en que incurrieren.
  • La Ley N° 21.053 de Presupuestos del Sector P...

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