Contraloría - Dictamen N° 18671 2019
Contraloría: Bloqueo de usuarios por PDI en Twitter y derecho a petición
Abstracto
La Contraloría determina que la PDI no puede bloquear unilateralmente usuarios de su cuenta institucional de Twitter por emitir opiniones, amparando el derecho a petición y la libertad de expresión, sin perjuicio de exigir conductas respetuosas.
Resumen
- La Contraloría General de la República establece que un órgano público, como la Policía de Investigaciones (PDI), no puede bloquear unilateralmente a usuarios de su cuenta institucional en redes sociales (Twitter) por la emisión de opiniones o expresiones particulares.
- El bloqueo unilateral de usuarios en cuentas institucionales de redes sociales por la PDI es improcedente y vulnera el derecho fundamental a emitir opinión, informar sin censura previa y el derecho a presentar peticiones a la autoridad, consagrados en la Constitución Política.
- Las cuentas institucionales de redes sociales de los organismos públicos, como la de la PDI, deben ser utilizadas para servir a los fines institucionales o para publicitar comunicaciones o hechos de interés general para toda la población, vincula...
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