Contraloría - Dictamen N° 19243 2019

Dictamen Contraloría: Competencia y Reconocimiento de Estados Civiles en Beneficios Previsionales

Abstracto

La Contraloría establece la competencia de la Superintendencia de Pensiones para beneficios ex IPS sin concurrencia fiscal, y la necesidad de reconocer el Acuerdo de Unión Civil como estado civil válido para prestaciones previsionales, prohibiendo la discriminación.

Resumen

  • La Superintendencia de Pensiones es competente para conocer y estudiar el otorgamiento de prestaciones del ex Servicio de Seguro Social, salvo concurrencia del Fisco, conforme a los artículos 47, N° 3, y 48 de la Ley N° 20.255.
  • Un dictamen previo (N° 47.042 de 2016) estableció que la competencia para el otorgamiento de prestaciones del ex Servicio de Seguro Social recae en la Superintendencia de Pensiones, a menos que exista concurrencia del Fisco.
  • El Instituto de Previsión Social rechazó una pensión de viudez argumentando que la solicitante no tenía el estado civil de viuda del causante, incumpliendo el requisito establecido en el artículo 41 de la Ley N° 10.383.
  • La Ley N° 20.830 creó el Acuerdo de Unión Civil como una institución nueva y distinta del matrimonio, generando un esta...

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