Contraloría - Dictamen N° 19395 2019

Dictamen Contraloría: Procedimiento para modificar planta de personal municipal

Abstracto

La Contraloría aclara que la modificación de la planta de personal municipal debe seguir el procedimiento y los plazos establecidos en la Ley 18.695, debiendo efectuarse en la siguiente oportunidad legalmente dispuesta tras la entrada en vigencia del actual reglamento.

Resumen

  • La Municipalidad de Queilén solicitó un pronunciamiento sobre el procedimiento para modificar su reglamento que fija la planta de funcionarios, específicamente por la omisión de la frase “o Técnico” como requisito de acceso al cargo de Jefatura Desarrollo Económico Local.
  • El artículo 49 bis, inciso primero, de la Ley N° 18.695, introducido por la Ley N° 20.922, faculta a los alcaldes para fijar o modificar, mediante un reglamento municipal, las plantas de personal de las municipalidades y sus grados.
  • Dicho reglamento de planta municipal debe someterse al trámite de toma de razón ante la Contraloría General y publicarse en el Diario Oficial, conforme al inciso segundo del artículo 49 bis de la Ley N° 18.695.
  • El artículo 8°, inciso final, de la Ley N° 18.883, agregado por la Ley N° 2...

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