Contraloría - Dictamen N° 31077 2019
Dictamen sobre atribución de alta médica y cobertura de gastos post-reposo
Abstracto
Dictamen aclara que la atribución para dar de alta a funcionarios en reposo preventivo recae en la comisión de medicina preventiva, no en el médico tratante, y define la cobertura de gastos posteriores.
Resumen
- La solicitud se relaciona con el cobro de atenciones médicas de una funcionaria de Carabineros posteriores al término de su reposo preventivo.
- La Dirección de Previsión de Carabineros de Chile informó que a la interesada se le otorgó reposo preventivo total entre el 28 de abril y el 6 de junio de 2015, con alta al servicio a contar del 16 de junio de 2015.
- Según la Dirección de Previsión, una vez concedida el alta, los gastos médicos posteriores deben ser cubiertos por la normativa de medicina curativa (Decreto N° 509, de 1989, del Ministerio de Defensa Nacional).
- El artículo 1° de la Ley N° 6.174 establece que las cajas de previsión deben vigilar el estado de salud de sus imponentes y adoptar medidas para descubrir y prevenir precozmente el desarrollo de enfermedades crónicas.
- E...
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