Contraloría - Dictamen N° 32652 2019
Dictamen sobre declaración de intereses y patrimonio del Consejo Fiscal Autónomo
Abstracto
La Contraloría General aclara que los consejeros del Consejo Fiscal Autónomo deben presentar su declaración de intereses según la Ley N° 21.148, pudiendo usar la plataforma www.declaracionjurada.cl si se suscribe un convenio.
Resumen
- La Ley N° 21.148 obliga a los consejeros del Consejo Fiscal Autónomo a realizar una declaración de intereses.
- La declaración de intereses debe contener un listado de las actividades profesionales, laborales, económicas, gremiales o de beneficencia, remuneradas o no, en las que el consejero participe.
- Los plazos para la declaración de intereses son: dentro de los 30 días de asumir el cargo, actualización anual en abril, y dentro de los 30 días de cesar en funciones.
- El Consejo Fiscal Autónomo se encuentra bajo la fiscalización de la Contraloría General de la República, según la Ley N° 21.148.
- La Ley N° 21.148 no remite explícitamente a la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de Conflictos de Intereses en cuanto a la declaración de intereses de los consej...
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