Contraloría - Dictamen N° 1013 2020
Derecho a sobresueldo por paracaidismo: Conservación ante causal no imputable en FFAA.
Abstracto
El funcionario del Ejército Juan Carriel Riquelme, al perder la especialidad de paracaidismo por una causal de salud no imputable, conserva el derecho a percibir el sobresueldo correspondiente según la normativa legal aplicable.
Resumen
- El Decreto N° 669, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional (Reglamento de Títulos, Especialidades y Ejercicio de Funciones con derecho a Sobresueldos), en su artículo 7º, letra b), N° 2, establece que el personal con la especialidad de paracaidismo gozará del emolumento correspondiente mientras sea calificado como apto en un examen de reentrenamiento y efectúe al menos un salto diurno o nocturno con equipo de combate en cada semestre calendario.
- Según el artículo 11, letra a), N° 2, en relación con el artículo 13 del Decreto N° 669/1997, la especialidad de paracaidismo se pierde temporalmente cuando no se cumplen los requisitos fijados para su vigencia, período durante el cual no se podrá disfrutar del beneficio económico.
- El artículo 188, inciso primero, del decreto con fuerza d...
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