Contraloría - Dictamen N° 1334 2020
Inhabilidad por parentesco en contratación de educadora tradicional municipal
Abstracto
Se declara improcedente contratar a una educadora tradicional municipal por inhabilidad de parentesco con un concejal, al interrumpirse la continuidad laboral y no aplicar la excepción de inhabilidad sobreviniente.
Resumen
- La consulta se centra en determinar la procedencia de contratar a una educadora tradicional en la Municipalidad de Hualaihué, quien tiene un parentesco de consanguinidad con un concejal de dicha entidad edilicia.
- El artículo 54, letra b), de la Ley N° 18.575 (General de Bases de la Administración del Estado) prohíbe el ingreso a cargos públicos a personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, respecto de las autoridades y funcionarios directivos del organismo al que postulan.
- La jurisprudencia administrativa de la Contraloría General ha precisado que el concepto de "directivo superior", a que se refiere el artículo 54 de la Ley N° 18.575, incluye a los concejales, en atención a su carácter de auto...
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