Contraloría - Dictamen N° 2743 2020
COMPIN y evaluación de salud incompatible para personal del Tribunal Constitucional
Abstracto
El dictamen aclara el rol de la COMPIN en la evaluación de la salud incompatible de funcionarios del Tribunal Constitucional, determinando si esta entidad debe pronunciarse sobre la irrecuperabilidad de la salud de dichos funcionarios.
Resumen
- La Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) solicitó pronunciamiento sobre su facultad para evaluar la salud incompatible de personal del Tribunal Constitucional (TC).
- El requerimiento de COMPIN se basa en el artículo 151, inciso tercero, de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo.
- Este artículo exige que el jefe superior del servicio requiera previamente a la COMPIN la evaluación de la irrecuperabilidad de la salud antes de declarar incompatibilidad.
- El personal del TC puede cesar en sus funciones por vacancia, originada por salud irrecuperable o incompatible, según la Ley N° 18.834 (arts. 146, letra c; 150, letra a).
- Se considera salud incompatible el uso de licencia médica superior a seis meses en los últimos dos años, sin declaración de irrecuperabilidad (art. 1...
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