Contraloría - Dictamen N° 2926 2020
Análisis del derecho a colación para asistentes de la educación
Abstracto
Dictamen analiza el derecho a colación de asistentes de la educación bajo Ley N° 21.109. Aclara su aplicación a trabajadores municipales, duración máxima de 30 minutos, obligatoriedad según jornada diaria/semanal y determinación del lugar por cada establecimiento.
Resumen
- El derecho a colación para los asistentes de la educación está regulado por el artículo 39 de la Ley N° 21.109.
- La Ley N° 21.109, a través de su artículo cuarto transitorio, letra b), y modificaciones posteriores, extiende la aplicación del artículo 39 a los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos dependientes de municipalidades o corporaciones municipales.
- La jornada semanal ordinaria de trabajo de los asistentes de la educación no puede exceder las 44 horas cronológicas, incluyendo 30 minutos de colación para quienes tienen una jornada de al menos 43 horas semanales.
- Si la jornada diaria es igual o superior a 8 horas, esta incluirá obligatoriamente 30 minutos destinados a colación, sin importar que la jornada semanal sea inferior a 43 horas.
- El tiempo d...
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