Contraloría - Dictamen N° 3059 2020
Dictamen sobre subsidio por matrimonio para Carabineros y Acuerdo de Unión Civil
Abstracto
Este dictamen determina que el subsidio por matrimonio para Carabineros, regulado por el Decreto N° 104 de 1974, solo es aplicable a quienes han contraído matrimonio y no a quienes han celebrado un Acuerdo de Unión Civil.
Resumen
- Un funcionario de Carabineros solicitó el reconocimiento del derecho a percibir el subsidio por matrimonio, alegando haber celebrado un Acuerdo de Unión Civil (AUC) bajo la ley N° 20.830.
- La Dirección de Bienestar de Carabineros denegó el beneficio argumentando que el AUC no estaba contemplado en los requisitos del reglamento aplicable.
- El subsidio por matrimonio está previsto en el artículo 24, numeral 2, del Decreto N° 104 de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional.
- Dicho decreto concede el subsidio a socios de la Comisión de Acción Social de Carabineros con un año de cotizaciones, siempre que hayan contraído matrimonio.
- El acceso al beneficio exige la calidad de asociado a la comisión con al menos un año de cotizaciones y haber contraído un vínculo matrimonial.
- La ley N° 20...
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