Contraloría - Dictamen N° 3062 2020

CAPREDENA: Facultades del Consejo Directivo sobre cobertura y bonificación médica.

Abstracto

El Consejo Directivo de CAPREDENA tiene la facultad de determinar la cobertura y el porcentaje de bonificación de las prestaciones médicas, no pudiendo los prestadores exigir el pago total. Tampoco se deben emitir órdenes médicas abiertas sin valorizar, por vulnerar el derecho a la información del paciente.

Resumen

  • Consulta de CAPREDENA sobre pago de reembolsos hospitalarios y facultades de cobertura.
  • El Decreto N°265/1977 (Ley N°12.856) establece un fondo para cubrir gastos médicos y dentales de pensionados por retiro o montepío y empleados de CAPREDENA, incluyendo sus cargas familiares.
  • El artículo 10 del Decreto N°265/1977 permite a CAPREDENA otorgar préstamos y bonificaciones con cargo al Fondo de Salud para financiar total o parcialmente el valor de las prestaciones, fijando porcentajes según su capacidad financiera.
  • El reglamento de medicina curativa de CAPREDENA (Decreto N°204/1973, art. 3° letra a) permite la afiliación y el acceso al sistema de salud para pensionados por retiro y montepío que coticen en el Fondo de Salud.
  • Los beneficiarios del sistema de salud de CAPREDENA tienen d...

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