Contraloría - Dictamen N° 8212 2020
Dictamen: Servicio en Defensa Civil no computable para pensión de retiro
Abstracto
La Contraloría General determinó que el tiempo servido en la Defensa Civil entre 1995 y 1996 no es computable para la pensión de retiro en Carabineros, por no cumplir los requisitos del servicio militar obligatorio.
Resumen
- La solicitud se refiere a la procedencia de computar el tiempo servido en la Defensa Civil para efectos de acreditar el período requerido para obtener una pensión de retiro en la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, además del tiempo servido en dicha institución.
- La Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) computó al exfuncionario 19 años y 25 días de servicios efectivos, excluyendo el lapso servido en la Defensa Civil entre los años 1995 y 1996.
- DIPRECA argumentó que los servicios prestados en la Defensa Civil no reúnen los presupuestos para ser considerados servicio militar obligatorio, al no haber sido realizados en el Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea.
- El artículo 82 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior (Esta...
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