Contraloría - Dictamen N° E64075 2020

Dictamen sobre distribución de recursos del Fondo de Desarrollo de Magallanes (FONDEMA)

Abstracto

Dictamen analiza la distribución de recursos del FONDEMA, clarificando que el 25% destinado a Tierra del Fuego y Última Esperanza puede considerarse anualmente, y que fondos no utilizados deben reservarse, aplicando normas generales ante la ausencia de sanciones específicas.

Resumen

  • El Fondo de Desarrollo de Magallanes (FONDEMA) es un patrimonio de afectación de recursos públicos, destinado a financiar proyectos de fomento y desarrollo en la región, según lo establecido por la Ley N° 19.275.
  • La Ley N° 19.275 establece que, como mínimo, el 25% de los recursos que el FONDEMA genera anualmente debe ser destinado a la provincia de Tierra del Fuego, y un porcentaje igual a la provincia de Última Esperanza.
  • La normativa no especifica si dicho porcentaje debe reflejarse en cada iniciativa de financiamiento o al finalizar el año presupuestario, ni prevé un mecanismo concreto para su aplicación.
  • Los recursos que correspondan a estos porcentajes y que no sean destinados a proyectos en un año determinado, deberán quedar reservados para cumplir dicho fin en el ejercicio p...

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