Contraloría - Dictamen N° E64247 2020
Dictamen Contraloría: trabajos extraordinarios en teletrabajo y jornadas presenciales mixtas.
Abstracto
Este dictamen aclara que los trabajos extraordinarios para funcionarios públicos con jornadas mixtas (teletrabajo y presencial) solo son admisibles si son exclusivamente presenciales y cumplen las condiciones normativas y de registro.
Resumen
- La jornada ordinaria de trabajo para funcionarios públicos, según los artículos 65 y 62 de las leyes 18.834 y 18.883, es de cuarenta y cuatro horas semanales, distribuidas de lunes a viernes, sin exceder nueve horas diarias.
- Los jefes superiores de las instituciones o los alcaldes pueden ordenar trabajos extraordinarios a continuación de la jornada ordinaria, de noche o en días sábado, domingo y festivos, cuando sea necesario para cumplir tareas impostergables.
- La compensación por trabajos extraordinarios se efectuará prioritariamente mediante descanso complementario y, en subsidio, con un recargo en las remuneraciones si el descanso no es posible por razones de buen servicio, según lo disponen los artículos 66 y 63 de las leyes citadas.
- El cálculo de la compensación por trabajos e...
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