Contraloría - Dictamen N° E74508 2021
Municipalidad puede cobrar proporcionalmente derechos de publicidad por emergencia sanitaria
Abstracto
La Contraloría General determina que la Municipalidad de San Joaquín puede cobrar proporcionalmente o devolver derechos de publicidad ante emergencias sanitarias que impidan la actividad, aplicando criterio de fuerza mayor y claridad en actos administrativos.
Resumen
- Los derechos municipales son prestaciones que las personas naturales o jurídicas deben pagar a las municipalidades por concesiones, permisos o servicios recibidos, según el artículo 40 del decreto ley Nº 3.063, de 1979.
- Las entidades edilicias están facultadas para cobrar derechos por los permisos que otorgan para la instalación de publicidad en la vía pública o que sea vista u oída desde la misma, de conformidad a la Ordenanza Local de Propaganda y Publicidad, según el artículo 41, inciso primero, N° 5 del DL 3.063/79.
- El valor correspondiente al permiso de publicidad se pagará anualmente, según lo establecido en la respectiva Ordenanza Local.
- Los municipios no podrán cobrar por permisos de publicidad que solo den a conocer el giro de un establecimiento y se encuentren adosadas a ...
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