Contraloría - Dictamen N° E222859 2022

Financiamiento de proyectos de inversión con Fondo de Emergencia Transitorio tras su extinción.

Abstracto

El Fondo de Emergencia Transitorio no puede financiar gastos de proyectos de inversión ejecutados después del 30 de junio de 2022, fecha de su extinción, salvo excepciones estrictas y respetando la legalidad del gasto público.

Resumen

  • La Ley N° 21.288 creó el Fondo de Emergencia Transitorio COVID-19 (FET). Su objetivo principal fue solventar todo tipo de gastos para enfrentar los efectos y atender las necesidades derivadas de la crisis sanitaria por la enfermedad Covid-19. Estos recursos se destinaron exclusivamente a financiar objetivos explícitos del "Marco de Entendimiento para un Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos de las Familias y la Reactivación Económica y del Empleo", incluyendo medidas de inversión pública para impulsar la reactivación económica.
  • El Fondo de Emergencia Transitorio (FET) se extingue de pleno derecho el 30 de junio de 2022, o antes si sus recursos se agotan completamente. El saldo que exista en la cuenta del Fondo al momento de su extinción se transferirá al Fondo de Estabil...

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