Contraloría - Dictamen N° E252388 2022

Inhabilidad para contratar con el Estado por subarriendo y falta de recepción definitiva de inmueble

Abstracto

Se determina que la inhabilidad para contratar con el Estado aplica al subarriendo de inmuebles municipales por parte de prestadores a honorarios, y que no procede arrendar edificaciones sin recepción definitiva, por incumplimiento normativo y de finalidad pública.

Resumen

  • La Ley N° 18.575, en su artículo 54, letra a), establece que las personas que tengan vigente o suscriban contratos o cauciones ascendentes a 200 unidades tributarias mensuales o más con un organismo de la Administración Pública, no podrán ingresar a cargos en esa institución.
  • Las inhabilidades que sean sobrevinientes deberán ser declaradas por el funcionario afectado a su superior jerárquico dentro de los 10 días siguientes a la configuración de alguna de las causales, debiendo presentar renuncia a su cargo o función, salvo excepciones legales.
  • La jurisprudencia administrativa, incluyendo dictámenes como el N° 140/2004, 21.655/2013 y E49046/2020, ha interpretado que las inhabilidades del artículo 54 de la Ley N° 18.575 son aplicables a quienes son contratados a honorarios.
  • La inhab...

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