Contraloría - Dictamen N° E285336 2022

Dictamen sobre indemnización por fallecimiento de alto directivo público

Abstracto

La Contraloría determina que el cese de funciones de un alto directivo público por fallecimiento no da derecho a indemnización bajo Ley 19.882, ya que la norma exige renuncia o no renovación de nombramiento.

Resumen

  • El cese de funciones de un Alto Directivo Público (ADP) por fallecimiento no da lugar a la indemnización prevista en el artículo quincuagésimo octavo, inciso tercero, de la ley N° 19.882.
  • La ley N° 19.882 establece que la indemnización procede solo si el cese de funciones del ADP ocurre por petición de renuncia o por término del período de nombramiento sin renovación, y no exista responsabilidad administrativa, civil o penal.
  • La indemnización está fijada en el equivalente a las remuneraciones devengadas en el último mes por cada año de servicio, con un máximo de seis meses, conforme al artículo 154 de la Ley N° 18.834 (anteriormente artículo 148).
  • La jurisprudencia de la Contraloría (Dictámenes Nos. 22.494/2011 y 90.832/2016) indica que el derecho a esta indemnización se adquiere y...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora