Contraloría - Dictamen N° E290147 2022
Compatibilidad y remuneración de docentes mentores en procesos de inducción JUNJI.
Abstracto
La Contraloría determina que profesionales de la JUNJI pueden ser docentes mentores en procesos de inducción, recibiendo remuneración, pero deben compensar las horas laboradas con prolongación de su jornada.
Resumen
- La Vicepresidenta Ejecutiva de JUNJI consultó sobre la incompatibilidad y la procedencia de remuneración para profesionales que asuman la labor de docente mentor en procesos de inducción.
- El artículo 86 de la ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) establece la incompatibilidad general entre empleos públicos.
- El decreto con fuerza de ley N° 24, de 2017, del Ministerio de Educación, regula los procesos de inducción y mentoría, aplicando el Título II de la ley N° 19.070 (Estatuto Docente).
- La normativa de inducción y mentoría se aplica a los profesionales de planta y a contrata de la JUNJI que cumplan funciones pedagógicas y sean docentes principiantes.
- Se define 'Docente mentor' como un educador de párvulos con formación idónea para guiar la inducción de docentes principiantes y f...
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