Contraloría - Dictamen N° E310440 2023

Dictamen sobre valor mínimo hora cronológica para educadores diferenciales en educación de adultos

Abstracto

Establece que el valor mínimo de la hora cronológica para educadores diferenciales en establecimientos de educación de adultos se determina por el nivel (básico o medio) en que ejerzan sus labores, conforme a la ley y jurisprudencia administrativa.

Resumen

  • Una educadora diferencial reclamó que su empleador pagó sus remuneraciones según el valor mínimo de hora cronológica para enseñanza básica, no obstante prestar servicios en educación de adultos en nivel medio, dentro de un Programa de Integración Escolar (PIE).
  • La Ley N° 19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, consagra el derecho de los docentes a una remuneración básica mínima nacional, la cual se calcula multiplicando el valor mínimo de la hora cronológica fijado por la ley por el número de horas contratadas.
  • El valor mínimo de la hora cronológica para los profesionales de la educación se diferencia según el nivel educativo: existe un valor para educación pre-básica, básica y especial, y otro distinto para educación media científico-humanista y técnico-profesional. -...

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