Contraloría - Dictamen N° E438003 2024
SERNAPESCA: Beneficio jardín infantil excepcional en dinero por escasez
Abstracto
La Contraloría General autoriza a SERNAPESCA a otorgar excepcionalmente el beneficio de jardín infantil en dinero a una funcionaria ante la escasez de establecimientos, asegurando criterios objetivos y equidad.
Resumen
- El beneficio de jardín infantil es una prestación de seguridad social derivada del derecho de sala cuna.
- El derecho de sala cuna y sus prestaciones asociadas están regulados por el artículo 203 del Código del Trabajo y la ley N° 17.301.
- Los niños y niñas son elegibles para el beneficio de jardín infantil hasta la edad de ingreso a la educación básica.
- Los entes estatales no están legalmente obligados a otorgar el beneficio de jardín infantil a su personal.
- El otorgamiento del beneficio de jardín infantil por entidades estatales es facultativo y debe sustentarse en las disponibilidades presupuestarias.
- Una vez concedido, el beneficio de jardín infantil debe extensibilizarse a todo el grupo determinado, aplicando criterios objetivos según jurisprudencia administrativa (dictámenes...
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