Contraloría - Dictamen N° E438048 2024
Dictamen Contraloría: Contratos Recaudación SMAPA y Ley 19.886
Abstracto
Contraloría General aclara que los contratos de SMAPA para recaudar pagos de agua potable deben regirse estrictamente por la Ley N° 19.886 y su reglamento, no permitiendo convenios directos.
Resumen
- Los contratos entre el Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SMAPA) de la Municipalidad de Maipú y empresas recaudadoras externas para el pago de boletas y facturas de agua potable y alcantarillado están regidos por la Ley N° 19.886 y su reglamento.
- La Municipalidad de Maipú consultó si SMAPA podía celebrar convenios directos con empresas recaudadoras sin necesidad de seguir los procedimientos de la Ley N° 19.886 y su reglamento (Decreto N° 250, 2004, Ministerio de Hacienda).
- El artículo 10, inciso primero, del decreto ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, exige que las municipalidades a cargo de la explotación del servicio de agua potable se ajusten a las disposiciones que rigen dicho servicio.
- La jurisprudencia administrativa previa (dictámenes N°s. 17.09...
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