Contraloría - Dictamen N° E447617 2024
Facultades de Gobiernos Regionales para actuar en catástrofes fuera de territorio
Abstracto
La Contraloría establece que Gobiernos Regionales pueden excepcionalmente colaborar en emergencias/catástrofes fuera de su territorio, si la zona es declarada y son convocados, respetando principios de juridicidad y probidad.
Resumen
- El Estado tiene el deber de protección a la población, consagrado en el artículo 1° de la Constitución Política de la República.
- El artículo 13 de la Ley N°19.175 sobre Gobierno y Administración Regional establece que la administración superior de cada región reside en un gobierno regional cuyo objeto es el desarrollo social, cultural y económico de ella.
- El artículo 13 de la Ley N°19.175 también prescribe que los gobiernos regionales podrán desarrollar sus competencias directamente o con la colaboración de otros órganos de la Administración del Estado.
- El artículo 16, letra j), de la Ley N°19.175 faculta a los gobiernos regionales para adoptar las medidas necesarias para enfrentar situaciones de emergencia o catástrofe, y desarrollar programas de prevención y protección.
- El artí...
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