Contraloría - Dictamen N° E476547 2024
Facultad del Ministerio del Interior para suscribir convenios de colaboración policial internacional
Abstracto
La Contraloría General determina que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública está facultado para suscribir convenios interinstitucionales internacionales de colaboración policial, al no tratarse de un tratado que requiera aprobación presidencial o del Congreso.
Resumen
- Se consulta sobre la juridicidad de un convenio entre Chile y Venezuela en materia de colaboración policial, y si requiere aprobación del Congreso Nacional por tratarse de un tratado internacional.
- La Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública (MISP), lo designa colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en orden público y seguridad pública interior, concentrando la decisión política y coordinando planes y programas.
- El MISP es la secretaría de Estado encargada de la seguridad pública, y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependen de él, conforme al artículo 2° de la Ley N° 20.502 y el artículo 101, inciso segundo, de la Constitución Política.
- Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas por Carabineros e Investigac...
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