Laboral - Rol N° I-53-2011
Sentencia sobre interpretación facultativa de comunicación de contrato colectivo
Abstracto
El tribunal acogió el reclamo de una empresa contra la Inspección del Trabajo, declarando que la comunicación del proyecto de contrato colectivo es facultativa para el empleador, no imperativa, según el artículo 318 del Código del Trabajo.
Resumen
- El presente caso fue tramitado ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.
- Las partes en este reclamo judicial fueron la empresa Artículos de Seguridad Masprot S.C.E.I. Ltda., en calidad de reclamante, y la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, en calidad de reclamada.
- El reclamo se originó por la interpretación que la Inspección del Trabajo sostuvo sobre la obligatoriedad de comunicar la presentación de proyectos de contrato colectivo.
- La Inspección del Trabajo argumentó que la empresa estaba obligada a informar a todos los trabajadores no sindicalizados sobre la presentación de un proyecto de contrato colectivo, incluso si no existía un contrato colectivo previo, citando una interpretación de los artículos 318 y 320 del Código del Trabajo.
- La empresa reclamante ...
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