Laboral - Rol N° I-1-2016
Tribunal laboral define cómputo de plazo para reconsideración de multa
Abstracto
El tribunal anula la inadmisibilidad administrativa de una reconsideración de multa laboral, determinando que el plazo de 30 días debe computarse en días hábiles según Ley 19.880.
Resumen
- Una multa de 60 UTM fue aplicada a por la Inspección Comunal del Trabajo tras una fiscalización por infracciones laborales.
- La empresa presentó una solicitud de reconsideración administrativa en contra de la resolución de multa, invocando el plazo legal establecido.
- La Inspección Comunal del Trabajo declaró inadmisible la solicitud mediante el Ordinario N°711, argumentando extemporaneidad en su presentación.
- La cuestión central del juicio fue determinar si el plazo de 30 días para la reconsideración administrativa de multas laborales debe computarse en días corridos o días hábiles.
- El artículo 512 del Código del Trabajo establece el plazo de 30 días para la reconsideración administrativa, pero no especifica la naturaleza de dichos días.
- Ante la falta de norma ex...
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