Laboral - Rol N° I-5-2016
Prohibición de negociación colectiva para Cinema Manager por facultades de administración
Abstracto
Tribunal acoge reclamo de Cine Hoyts SPA, declarando que Cinema Manager no puede negociar colectivamente por ejercer facultades de administración, conforme al artículo 305 del Código del Trabajo.
Resumen
- Cine Hoyts SPA reclama contra la resolución N°39/2015 de la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta, que habilitó a la trabajadora para negociar colectivamente.
- La cuestión central es determinar si la trabajadora se encuentra en la hipótesis del artículo 305 N°2 o N°4 del Código del Trabajo, que establece prohibiciones para negociar colectivamente.
- La parte reclamante argumenta que, como Cinema Manager, la trabajadora ejerce funciones de gerencia local con facultades generales de administración, incluyendo contratación, despido, fijación de horarios y representación del empleador ante autoridades laborales.
- Se citan como base legal los artículos 305 N°2 (gerentes, apoderados con facultades de administración) y N°4 (cargos de mando o inspecci...
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