Laboral - Rol N° O-6127-2015
Demanda laboral rechazada: servicios esporádicos de jardinero no configuran relación laboral.
Abstracto
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la demanda por nulidad de despido y cobro de prestaciones, al determinar que los servicios de jardinero prestados de forma esporádica y discontinua no configuran una relación laboral sujeta a subordinación y dependencia.
Resumen
- El demandante solicitó la declaración de existencia de una relación laboral, la nulidad del despido y el cobro de diversas prestaciones laborales.
- El actor alegó haber trabajado como jardinero y en mantención de piscina desde el 1 de febrero de 1995 hasta el 7 de diciembre de 2015, sin contrato escriturado, sin liquidaciones de sueldo y con cotizaciones previsionales impagas.
- El actor afirmó que su despido se produjo por haber demandado previamente ante la Inspección del Trabajo, solicitando la nulidad del mismo.
- El demandado, por su parte, opuso la excepción de prescripción respecto al cobro de feriados y negó la existencia de un vínculo laboral, alegando que los servicios prestados fueron esporádicos y sin subordinación ni dependencia.
- Se fijaron como hechos sustanciales, perti...
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