Laboral - Rol N° I-13-2016

Tribunal laboral interpreta plazo de días hábiles para reconsideración de multas administrativas

Abstracto

El tribunal laboral determina que el plazo de 30 días para reconsiderar multas administrativas se cuenta como días hábiles según Ley 19.880, acogiendo la demanda.

Resumen

  • Una multa administrativa (N° 3550/2016) fue emitida por la Inspección del Trabajo y notificada al reclamante el 18 de marzo de 2016.
  • El reclamante interpuso un recurso de reconsideración administrativa el 29 de abril de 2016, dentro del plazo legal.
  • La Inspección Provincial del Trabajo rechazó el recurso de reconsideración mediante ordinario N° 341, del 9 de mayo de 2016, por considerarlo extemporáneo.
  • La controversia principal radica en determinar si el plazo de 30 días para solicitar la reconsideración de multas, establecido en el artículo 512 del Código del Trabajo, debe computarse como días hábiles o días corridos.
  • El reclamante argumentó que la Ley 19.880, que regula los procedimientos administrativos, establece que los plazos son de días hábiles y debe aplicarse supletoriam...

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