Laboral - Rol N° I-43-2019
Reclamo multa administrativa descanso dominical guardias seguridad artículo 38 Código Trabajo
Abstracto
El Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán rechazó el reclamo de PGV Seguridad Ltda. contra una multa administrativa impuesta por la Inspección del Trabajo, confirmando que las funciones de los guardias de seguridad de la empresa sí se encuadran en las excepciones del artículo 38 del Código del Trabajo que exigen dos domingos de descanso al mes.
Resumen
- PGV Seguridad Ltda. presentó un reclamo contra una multa administrativa cursada por la Inspección Provincial del Trabajo de Ñuble-Chillán, argumentando ausencia de constatación de hechos, extralimitación de facultades del fiscalizador y error de hecho en la resolución.
- La multa N° 1 fue impuesta por no otorgar al menos dos días de descanso en domingo al mes, considerando que la empresa desarrolla actividades comprendidas en los N° 2 y N° 7 del artículo 38 del Código del Trabajo.
- La empresa reclamante alegó que la fiscalizadora incurrió en un error de hecho al calificar y aplicar la norma, interpretando registros de asistencia sin una constatación fáctica directa de las funciones de los guardias de seguridad.
- Se argumentó que la Inspección del Trabajo excedió sus facultades legales ...
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