Laboral - Rol N° O-4703-2018

Sentencia laboral: Empresas constituyen unidad económica, responden solidariamente por deudas.

Abstracto

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago declara que las empresas demandadas forman una unidad económica, debiendo responder solidariamente por las acreencias laborales de causa ejecutiva RIT C-2590-2018.

Resumen

  • Las empresas demandadas J.J. Scania Ltda, J.J. Importadora de Repuestos Limitada, Torres Juvenal y Otro, y Juvenal Torres San Martin Técnico Empresa Individual De Responsabilidad Limitada, todas representadas por don , constituyen una unidad económica para efectos laborales.
  • Por constituir una unidad económica, las empresas demandadas deben ser consideradas como un solo empleador.
  • Esta unidad económica implica que las empresas demandadas responden solidariamente entre ellas por el pago de las acreencias laborales.
  • La solidaridad en el pago de deudas laborales se aplica específicamente a la causa ejecutiva RIT C-2590-2018.
  • La decisión se fundamenta en lo dispuesto en los artículos 3, 420, 425, 453 y siguientes, y 507 del Código del Trabajo.
  • La parte demandante apo...

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