Laboral - Rol N° O-58-2019
Declaración empleador único, despido improcedente y cobro de prestaciones
Abstracto
Esta sentencia declara a dos empresas como un solo empleador, considera injustificado el despido de varios trabajadores por falta de prueba patronal y cotizaciones impagas, y ordena el pago de beneficios e indemnizaciones adeudadas.
Resumen
- Concepto de Empleador Único (Art. 3, Código del Trabajo): Dos o más empresas se considerarán un solo empleador si comparten una dirección laboral común y concurren condiciones de similitud o complementariedad en sus productos/servicios, o un controlador común. La mera participación en la propiedad no es suficiente.
- Solidaridad de Empleadores Únicos: Las empresas consideradas como un solo empleador son solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley y de los contratos.
- Causal de Despido 'Necesidades de la Empresa' (Art. 161, inciso 1º, Código del Trabajo): Esta causal objetiva implica que los hechos aducidos deben afectar la actividad de la empresa (racionalización, modernización, cambios de mercado, etc.) y hacer necesario...
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