Laboral - Rol N° O-6176-2019
Cobro bono administrativo tras despido y pago devengado por empresa
Abstracto
El tribunal acogió la demanda de un ex trabajador contra Casa de Moneda, ordenando el pago de un bono administrativo devengado en 2018, argumentando que su pago no puede condicionarse a la vigencia laboral posterior a su devengo, conforme al Art. 54 bis del Código del Trabajo.
Resumen
- El trabajador demandó a Casa de Moneda S.A. para el cobro del Bono Administrativo correspondiente al año 2018, tras ser despedido el 5 de marzo de 2019 bajo la causal del artículo 161 del Código del Trabajo.
- El Bono Administrativo, pactado en un contrato colectivo, correspondía a un pago anual basado en el cumplimiento de metas generales y sectoriales, desglosado en un porcentaje del sueldo base.
- La demandada argumentó que el bono solo procede para trabajadores con contrato indefinido vigente al momento de su pago, no para quienes fueron despedidos previamente.
- El tribunal invocó el artículo 54 bis del Código del Trabajo, que establece que las remuneraciones devengadas se incorporan al patrimonio del trabajador y no pueden ser objeto de cláusulas de reintegro o comp...
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