Laboral - Rol N° I-220-2020
Sentencia anula objeción a constitución de sindicato por extemporaneidad
Abstracto
El tribunal acoge el reclamo de un sindicato, dejando sin efecto la objeción a su constitución por parte de la Inspección del Trabajo, al haberse notificado fuera del plazo legal de 90 días, desestimando el argumento de caso fortuito.
Resumen
- El Sindicato Colegio Manantial de La Florida interpuso demanda contra la Inspección Comunal del Trabajo La Florida para anular la objeción a su constitución como sindicato de establecimiento, argumentando principalmente la extemporaneidad de la notificación administrativa.
- El artículo 223, inciso 2º, del Código del Trabajo establece un plazo de 90 días corridos para que la Inspección del Trabajo formule observaciones a la constitución de un sindicato, contado desde la fecha de depósito del acta de constitución.
- Se acreditó que el acta de constitución del sindicato fue depositada el 17 de enero de 2020, por lo que el plazo legal para la Inspección vencía el 16 de abril de 2020.
- La Inspección Comunal del Trabajo notificó la objeción a la constitución del sindicato el 14 de julio de 2...
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