Laboral - Rol N° O-201-2021
Calificación de relación laboral a honorarios con el Estado: Despido indirecto y prestaciones
Abstracto
Tribunal laboral determina que servicios habituales y dependientes prestados al Estado bajo contrato a honorarios constituyen relación laboral, acogiendo parcialmente demanda por remuneraciones e indemnizaciones, pero rechazando lucro cesante y nulidad del despido.
Resumen
- El actor, geólogo, prestó servicios para la Secretaría Regional Ministerial de Minería de la Región de Coquimbo en programas financiados por el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) desde el 1 de agosto de 2018.
- La demandada, Fisco de Chile (Ministerio de Minería), argumentó que el vínculo correspondía a una prestación de servicios a honorarios, no a una relación laboral regida por el Código del Trabajo, amparada en el artículo 11 del Estatuto Administrativo.
- El actor sostuvo que el vínculo era de carácter laboral, definido por subordinación y dependencia, encubierto como proyectos para financiar su remuneración.
- La naturaleza de las funciones del actor incluía elaboración de informes técnicos, velar por cumplimiento de metas, mantenimiento de registros, asesoría a mineros y...
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