Laboral - Rol N° O-1002-2022
Tribunal rechaza demanda por relación laboral en contrato a honorarios municipal
Abstracto
El tribunal laboral de Santiago rechazó la demanda de reconocimiento de relación laboral y cobro de prestaciones, determinando que los contratos a honorarios con la Municipalidad de Ñuñoa se rigen por la Ley 18.883 y no por el Código del Trabajo.
Resumen
- Reconocimiento de Relación Laboral: El demandante solicitó el reconocimiento de una relación laboral bajo contrato de honorarios con la Municipalidad de Ñuñoa, alegando subordinación y la realización de funciones no pactadas.
- Naturaleza del Vínculo: La demandada Municipalidad de Ñuñoa sostuvo que la relación contractual fue siempre de honorarios, conforme a la Ley N° 18.883, y no una relación laboral regida por el Código del Trabajo.
- Contratos Sucesivos: El demandante suscribió dos contratos de prestación de servicios a honorarios sucesivos para el programa 'Programa de Revitalización de Barrios e Infraestructura Patrimonial Emblemática' (PRBIPE), sin solución de continuidad.
- Argumentos del Demandante: Alegó que sus funciones de encargado de finanzas y contabilidad del programa PRB...
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