Laboral - Rol N° O-565-2022

Despido de Agente de Sucursal Bancaria: Facultades y Causal Art. 161

Abstracto

El tribunal declaró improcedente el despido de un Agente de Sucursal bancaria por no acreditarse que su cargo tuviera facultades de exclusiva confianza o administración, conforme al Art. 161 inciso 2º del Código del Trabajo.

Resumen

  • La demanda fue interpuesta por en contra de ITAÚ CORPBANCA, solicitando se declare el despido injustificado y se cobren prestaciones laborales.
  • La relación laboral se inició el 27 de mayo de 2008 y terminó el 26 de abril de 2022, invocándose la causal del artículo 161, inciso segundo del Código del Trabajo (desahucio escrito del empleador).
  • El demandante detalló una progresión en sus funciones: Ejecutivo Banca Preferencial, Ejecutivo Banca PYME (promovido en mayo de 2010, fecha que podría ser errónea respecto a la fecha de contratación), Jefe de Plataforma Comercial (diciembre 2016) y Agente de Sucursal (noviembre 2017).
  • Las funciones del actor como Agente de Sucursal incluían guiar al equipo, cumplir metas de ventas, evaluar créditos, gestionar cobranzas y atender ...

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