Laboral - Rol N° I-17-2023
Reclamo contra multa laboral por falta de equivalencia en bono compensatorio de sala cuna
Abstracto
Empresa recurre multa por no otorgar íntegramente beneficio de sala cuna, alegando exceso de facultades. Tribunal rechaza nulidad, pero rebaja multa de 210 a 42 UTM por falta de proporcionalidad y equivalencia en bono.
Resumen
- La Dirección del Trabajo (DNTP) posee facultades de fiscalización y sanción en materia de infracciones laborales, incluyendo el beneficio de sala cuna, sin que ello vulnere la competencia exclusiva de los Juzgados de Letras del Trabajo para resolver controversias contractuales complejas.
- El artículo 203 del Código del Trabajo obliga a los empleadores con 20 o más trabajadoras a disponer de salas cunas o cumplir dicha obligación pagando un bono compensatorio equivalente a los gastos de sala cuna o de atención domiciliaria, especialmente en casos de excepción.
- Un bono compensatorio por sala cuna debe ser equivalente al costo real de dicho beneficio o de la atención domiciliaria del menor. Un monto unilateralmente fijado por el empleador, inferior al arancel de la sala cuna o a los gast...
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