Laboral - Rol N° O-1638-2022

Juzgado declara unidad económica, despido injustificado y responsabilidad en subcontratación

Abstracto

Tribunal declara que dos empresas operaron como unidad económica, despidiendo injustificadamente a trabajador, y establece responsabilidades solidarias y subsidiarias en casos de subcontratación, rechazando nulidad del despido y prescripción.

Resumen

  • El trabajador demandante prestó servicios por un total de aproximadamente 10.5 años para las empresas del Grupo CVV.
  • Inicialmente, el trabajador prestó servicios bajo un Contrato a Obra como 'Jefe de Oficina Técnica' para Empresa Constructora Claro Vicuña Valenzuela S.A. desde abril de 2012.
  • Posteriormente, se celebró un Contrato Individual de Trabajo a plazo indefinido con Empresa Constructora Claro Vicuña Valenzuela S.A. el 1 de septiembre de 2015.
  • Ambas empresas demandadas (Claro Vicuña Valenzuela S.A. y Empresa Constructora Claro Vicuña Valenzuela S.A.) realizaban prácticas similares en cuanto a anexos contractuales y pago de obligaciones laborales, indistintamente.
  • Se alega que ambas empresas conforman una unidad económica para fines laborales, amparada en el artículo 3° del...

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